La SGAE sigue usando la puerta trasera para atacar a sus objetivos: El uso frívolo de la LSSI

Hace algunas semanas comentábamos que el Ministerio de Industria le hacía el trabajo sucio gratis a la SGAE. Gracias a un uso perverso y malévolo de la LSSI, la SGAE denunciaba a los sitios que ella consideraba su objetivo y de los que no disponía datos de contacto. Industria les proporcionaba gratis dichos datos y a la vez le metía una multa al sitio en cuestión que en la mayoría de los casos servía para quitar al webmaster las ganas de seguir. Sonado fue el caso de agujeronegro.com, que ya sufrío dicho ataque. En cualquier caso hablábamos de cantidades relativamente pequeñas, que aunque hacen daño, no son como para arruinar a nadie, en torno a los 1.500 Euros.

Pues la cosa ha progresado, y ha progresado en la misma línea que llevaba hasta ahora, es decir, en el negativo. Ahora, a través de AVEI estamos viendo multas de más de 30.000 Euros, lo que indica que el Ministerio de Industria está calificando de «grave» el hecho de no poner los datos de identificación del webmaster en la web, cosa bastante común todavía hoy en día.

El propósito de esta parte de la LSSI en su concepción, y como se nos vendió a la ciudadanía, es que sería un arma para hacer más seguro Internet y que permitiera identificar rápidamente al responsable de contenidos peligros o que vulneraran las libertades del individuo. Y tal como nos temíamos, el uso que nos hemos encontrado en la práctica es un uso perverso a más no poder. No sólo no ha contribuido a hacer de Internet un lugar más seguro, sino que ha dado una tapadera y un recurso perfecto a las organizaciones que quieren ir contra individuos particulares sin ningún argumento legal sostenible. Si no te puedo denunciar por usar mi música, te denuncio por lo otro, y se te quitan las ganas de tocarme las narices igual. Uséase, como no te puedo denunciar por ladrón, te denuncio por feo, porque ser feo si está tipificado como delito y para el caso se consigue lo mismo.

Lo peor de todo es que desde diversas entidades y asociaciones se advirtió al comienzo de la LSSI que esto podía suceder, y desde el gobierno de nuestro querido Josep Piqué y su equipo se nos aseguró que esto no ocurriría facilmente. El tiempo ha demostrado que la AUI no se equivocaba. Y no olvidemos de que en el borrador de dicha ley ya se intentó que no fuera necesaria la actuación de un juez para clausurar una web. Aunque en dicha ocasión hubo que quitarlo, no ha faltado tiempo para intentar volver a meter esa coletilla.

Así que vean si es fácil o no. 100 páginas web de una tacada tumbadas. Si eso no es eficacia …

Vía Samuel Parra.

Dichos y refranes japoneses

Vía Animeteca Lagunera, veo el siguiente compendio de refranes típicos de Japón. Me han parecido bastante instructivos, así que los dejo por aquí para no olvidarme de ellos.

japon

NANA KOROBI YA OKI Siete caídas, ocho levantadas.

Viene a ser algo así como "El que la sigue la persigue, digo, la consigue" Si te caes, vuélvete a levantar.


SEIA NO KEN La opinión del sapo que vive en un pozo.  


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Manifiesto en defensa de los derechos fundamentales en internet

Ante la inclusión en el Anteproyecto de Ley de Economía sostenible de modificaciones legislativas que afectan al libre ejercicio de las libertades de expresión, información y el derecho de acceso a la cultura a través de Internet, los periodistas, bloggers, usuarios, profesionales y creadores de internet manifestamos nuestra firme oposición al proyecto, y declaramos que…
1.- Los derechos de autor no pueden situarse por encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos, como el derecho a la privacidad, a la seguridad, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y a la libertad de expresión.

2.- La suspensión de derechos fundamentales es y debe seguir siendo competencia exclusiva del poder judicial. Ni un cierre sin sentencia. Este anteproyecto, en contra de lo establecido en el artículo 20.5 de la Constitución, pone en manos de un órgano no judicial -un organismo dependiente del ministerio de Cultura-, la potestad de impedir a los ciudadanos españoles el acceso a cualquier página web.

3.- La nueva legislación creará inseguridad jurídica en todo el sector tecnológico español, perjudicando uno de los pocos campos de desarrollo y futuro de nuestra economía, entorpeciendo la creación de empresas, introduciendo trabas a la libre competencia y ralentizando su proyección internacional.

4.- La nueva legislación propuesta amenaza a los nuevos creadores y entorpece la creación cultural. Con Internet y los sucesivos avances tecnológicos se ha democratizado extraordinariamente la creación y emisión de contenidos de todo tipo, que ya no provienen prevalentemente de las industrias culturales tradicionales, sino de multitud de fuentes diferentes.

5.- Los autores, como todos los trabajadores, tienen derecho a vivir de su trabajo con nuevas ideas creativas, modelos de negocio y actividades asociadas a sus creaciones. Intentar sostener con cambios legislativos a una industria obsoleta que no sabe adaptarse a este nuevo entorno no es ni justo ni realista. Si su modelo de negocio se basaba en el control de las copias de las obras y en Internet no es posible sin vulnerar derechos fundamentales, deberían buscar otro modelo.

6.- Consideramos que las industrias culturales necesitan para sobrevivir alternativas modernas, eficaces, creíbles y asequibles y que se adecuen a los nuevos usos sociales, en lugar de limitaciones tan desproporcionadas como ineficaces para el fin que dicen perseguir.

7.- Internet debe funcionar de forma libre y sin interferencias políticas auspiciadas por sectores que pretenden perpetuar obsoletos modelos de negocio e imposibilitar que el saber humano siga siendo libre.

8.- Exigimos que el Gobierno garantice por ley la neutralidad de la Red en España, ante cualquier presión que pueda producirse, como marco para el desarrollo de una economía sostenible y realista de cara al futuro.

9.- Proponemos una verdadera reforma del derecho de propiedad intelectual orientada a su fin: devolver a la sociedad el conocimiento, promover el dominio público y limitar los abusos de las entidades gestoras.

10.- En democracia las leyes y sus modificaciones deben aprobarse tras el oportuno debate público y habiendo consultado previamente a todas las partes implicadas. No es de recibo que se realicen cambios legislativos que afectan a derechos fundamentales en una ley no orgánica y que versa sobre otra materia.

Origen: Barrapunto

Suscribo punto por punto dicho manifiesto.