Cómo tramitar una herencia uno mismo (y 2)

 
En la primera parte estuvimos viendo cómo hacer para gestionar el traspaso de las propiedades de un familiar uno mismo sin usar notario o gestor. Algunas cosas no las mencioné porque son posteriores o menos importantes, y estas son las que voy a tratar ahora, centrándome sobre todo en vehículos y suministros.
 

Parte 1 | Parte 2

¿Qué ocurre si hay coches y/o vehículos de motor involucrados en la herencia?

Esto es muy fácil de gestionar, y se puede hacer de dos maneras. Bien con gestor o bien uno mismo en la DGT. Tanto en un caso como en el otro hay dos maneras de hacerlo. Las dos son legales aunque una es más limpia que la otra. Una es haciéndolo como una herencia normal, con lo que habría que meter el coche dentro del cuaderno particional y tributar por ello (realmente no tributaría demasiado pues el coche, a no ser que sea muy nuevo, generalmente no suele estar valorado en más de 300 o 600 euros). La otra manera, es hacer un documento de compraventa con fecha previa al fallecimiento (generalmente el gestor nos invitará a utilizar esta última). El coste de hacerlo de una manera de o de otra es bastante similar, si acaso es más cara la del gestor porque hay que meter sus honorarios (generalmente unos 80-100 Euros por ir a la DGT a llevar los papeles). El coste de la compraventa como tal  depende del valor en el que esté estimado el vehículo (va por matrícula y modelo) pero son aproximadamente unos 150 Euros).  La diferencia entre hacerlo de una manera o de otra, es que con la primera manera hay que meterlo dentro del cuaderno particional , con lo que el coche no estará a nuestro nombre hasta pasados varios meses. Con la compraventa, estará a nuestro nombre desde el primer día. 

 
A continuación debemos llamar al seguro del coche para ponerlo a nuestro nombre.
 
Suministros de las casas
 
Lo primero será cambiar la cuenta a la que se hace el cargo. Esto es sencillo. Coges todos los teléfonos de suministros (agua, gas, luz, teléfono, internet), agarras el teléfono, y prepárate para llamar 2 o 3 horas. 
 
Después, hay que cambiar la titularidad del contrato (para esto generalmente no hay fecha límite, pero es más sencillo hacerlo dentro de los 6 primeros meses, o como mucho antes de pasar 1 año. Es preferible hacerlo por la mañana, pues es todo bastante más rápido. En la mayoría de los casos no pedirán nada o como mucho el certificado de defunción (lo mismo que nos han venido pidiendo para todo). En algunos  sitios se puede hacer todo por Internet desde su web (os abrís una cuenta de cliente usando para ello el nº de contrato y desde allí se pueden hacer cambios en el número de cuenta corriente de cargo e incluso en el titular). 
 
Seguros de hogar
 
Si tienes una casa y heredas otra, y los dos seguros de hogar están en la misma compañía, nos interesa aunarlos en un sólo seguro, porque así sólo pagaremos un único seguro de responsabilidad civil (va con la persona, no con la casa, de ahí que paguemos sólo uno).  Para ponerlo a nuestro nombre, lo mismo que dicho en el punto anterior.
 
Cuentas corrientes
 
A estas alturas el banco ya nos habrá abierto una cuenta para pasar el dinero heredable. Los cargos a las antiguas cuentas se redirigirán a esta nueva cuenta de manera que los suministros se seguirán pagando aún cuando no se haya hecho el cambio. Ojo a esto porque en los recibos que nos lleguen en papel constará a que cuenta se ha hecho el cargo. En aquellos recibos donde no veamos la cuenta nueva hay que llamar para notificarles el cambio de cuenta.
 
Donaciones, y otros cargos no contemplados
 
Si en las cuentas del banco vemos cargos no contemplados, directamente se devuelven (se puede hacer desde la propia web del banco o en el peor de los casos, llamando al teléfono online o a la sucursal). Esos cargos están programados y es posible que lleguen cada año. Lo mejor es avisar siempre que se conozca el emisor. Evita problemas a futuro.
 
Y eso es todo. Creo que no me dejo nada en el tintero, pero si se me ocurren otras cosas, lo iré añadiendo.
 

3 opiniones en “Cómo tramitar una herencia uno mismo (y 2)”

  1. gracias por toda esta informacion y el abogado que te ponia un post diciendo defendiendo sus actuaciones es normal todos los gestores abogados notarios etc….. escoria pura les jode que puedas hacer tus tramites sin necesitarlos , desde cuando se nececista a gente que no tiene entrañas te explico mi tema mi madre heredo 100000 euros y nos pedian el 5 por ciento con tu ayuda lo he hecho yo y con ese dinero le dije a mi madre que lo diera a la gente sin comida asi que a joserse escoria ahora tiene el 5 por ciento gente que realmente lo necesita no vosotros.

  2. Mi madre falleció hace 8 meses, tengo todos los papeles necesarios, pero veo que los notarios sólo quieren sacar dinero. ¿Al pasar ocho meses ya me he pasado del límite y me va a costar un ojo de la cara. Soy hija única y de propiedad sólo dejó la casa, qe evidentemente aún está a su nombre y quiero ponerla al mío. Por favor, dime que debo hacer, porque después de la depresión que llevo encima a raiz de su muerte estoy un poco perdida.
    Saludos

  3. Hola, me parece muy interesante tu propuesta de autogestionarse los tramites de una herencia.

    Pero tengo una duda importante: se puede hacer sólo el impuesto de sucesiones (que sería exento de pago en este caso, por no llegar a las cantidades minimas) y dejar todo lo demás (incluida particion de la herencia) para mas adelante?

    Es que si bien me dicen que el impuesto sucesiones es obligatorio en 6 meses (o prorroga de otros 6) desde el fallecimiento…por otro lado mi padre aún vive ( hablo de la herencia de mi madre que murio este año) y no queremos tocar nada mientras él viva

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